Nuestro abogado Iván Navas, dio su opinión a Emol.  - Bustos Gomez - Abogados Penalistas Santiago
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Nuestro abogado Iván Navas, dio su opinión a Emol. 

Ya que en los últimos tiempos se ha conocido varios terrenos ocupados en el país lo que constituye un delito. 

Imagen de la toma ilegal en el terreno del empresario asesinado, Alejandro Correa.

El delito de usurpación se tipifica en el Código Penal como: “Al que con violencia en las personas ocupare una cosa inmueble o usurpare un derecho real que otro poseyere o tuviere legítimamente, y al que, hecha la ocupación en ausencia del legítimo poseedor o tenedor, vuelto éste le repeliere, además de las penas en que incurra por la violencia que causare, se le aplicará una multa de once a veinte unidades tributarias mensuales”. Y agrega: “Si tales actos se ejecutaren por el dueño o poseedor regular contra el que posee o tiene ilegítimamente la cosa, aunque con derecho aparente, la pena será multa de seis a diez unidades tributarias mensuales, sin perjuicio de las que correspondieren por la violencia causada”. Un delito que se ha vuelto cada vez más común y una pesadilla para los dueños de los terrenos. Es el caso de R.P, un empresario que no quiso dar su nombre por miedo a sufrir lo mismo que su colega, Alejandro Correa, quien fue asesinado en la entrada de su casa a manos de un sicario por denunciar una toma en un predio suyo en Quillota. La víctima, que contó su testimonio a Emol, tenía una tierra en Casablanca. Aproximadamente en abril vio cómo el terreno colindante al suyo era ocupado, por lo que se puso en contacto con el dueño y comenzaron juntos las labores de desalojo. Lo primero que hizo fue ir a Carabineros a informales. “El problema es que la única forma de desbaratar la toma tiene que ser con un plazo máximo de 12 horas. Tienes que pillarlos infraganti. Después de las 12 horas Carabineros no puede hacer nada”, comentó R.P.

Ese problema ha pasado a casos conocidos en las últimas semanas como la familia Easton con un terreno en Colmo, a quienes además las autoridades locales les han dicho que es un problema entre privados. Pero el abogado académico de la Universidad San Sebastián, Iván Navas, no comparte los dichos de las autoridades. Él, además tiene otra teoría sobre la flagrancia en estos casos, y de hecho se respalda en el artículo 457 del Código Penal ya mencionado. “No establece un plazo, pero se ha visto por la práctica que tendría que ser dentro de esas 12 horas, a pesar de que yo tengo una tesis al respecto: La usurpación se está cometiendo durante todo el tiempo en que la persona esté en un terreno, casa, inmueble, ocupándolo sin tener ningún derecho, es lo que se llama un delito permanente”, dice el abogado, haciendo la comparación con el secuestro, en donde el crimen se está cometiendo desde el rapto hasta la liberación. Y agrega que “en mi opinión, no tiene porqué establecerse un plazo para que la fuerza pública actúe (…) desconozco por qué están tomando esa interpretación. La ley no pone un plazo para actuar”.

Opinión similar tiene el abogado Gonzalo Youssef Quirós. Aconseja que lo que hay que hacer de inmediato es interponer una querella por usurpación, cosa que hizo el empresario. “El problema es que la querella puede estar dirigida contra la persona que organiza estas tomas o bien contra cada una de las personas que entren dependiendo si lo hicieron con dolo o no (…) esas personas no están cometiendo el delito, pero si el que fomenta que se ocupe ese terreno, es ahí donde se produce una diferencia. Lo que sí hay que hacer es querellarse”. Ambos están de acuerdo, y es efectivamente lo que le ocurrió a la víctima, es que estas demandas se demoran mucho en resolverse, pueden ser hasta un año y medio. “Una vez presentada la querella (…) pueden ser citadas a formalización y si no llegan a la formalización pueden ser detenidas. Podría llegarse a la detención, pero efectivamente es un proceso largo y trabajoso. No es una cuestión que funcione con la celeridad con la que se mueven este tipo de fenómenos. Ahí tenemos un problema, una traba en el sistema del ordenamiento jurídico”, dijo el jurista Gonzalo Medina, académico de la facultad de derecho de la Universidad de Chile, en conversación con 24 horas. Además, según comentó Youssef Quirós “cuando es una persona o dos en general los tribunales, cuando el fiscal formaliza, decretan como medida cautelar que las personas salgan del terreno que están ocupando. En esos casos funciona. Cuando hay muchos ocupantes y se ha perdido un poco la historia o bien hay un grupo organizado de grupos de personas que ocupa estos terrenos para entregárselo a otros, ahí se hace más difícil el ejercicio de la acción penal”.

Para R.P., si bien la causa sigue vigente, “esa no es la solución. Nosotros llamamos al juez, al alcalde y al director de obras de la municipalidad. La solución a esta cuestión es sacar fotos y denunciarlos y el director de obras, lo que hace es que saca un parte por comenzar construcciones sin permiso de obras. En la práctica no los dejan construir por no tener permiso de obras y obvio que no tienen permiso”.

Entonces, comentó el empresario “va la municipalidad y les deja un documento que dice que no pueden construir mientras no tengan permiso de obra. Entonces cuando sigan, porque obviamente van a seguir, tu sacas fotos, lo llevas de nuevo a dirección y ahí la dirección le avisa al juez y a Carabineros y ahí Carabineros puede detenerlos por desacato porque siguieron construyendo sin permiso. Ahí se puede meter Carabineros”. Medina hizo alusión a eso, ya que “si hablamos de que hay obras ahí, hay inmuebles, todo eso tendría que haber tenido alguna tramitación, permisos municipales (…) no creo que hayan ido a la municipalidad y hayan obtenido permiso. Si lo han obtenido obviamente ha sido todo de manera irregular”. Por eso, “si no obtuvieron permiso, la municipalidad tendrá que tomar las acciones correspondientes respecto a la vulneración del plan regulador, el levantamiento de inmuebles fuera del marco de la legislación, pasar las multas correspondientes”, señaló el abogado. El alcalde de Casablanca también puso “barreras new jersey en el ingreso del terreno, por donde entran los autos, entonces con eso inhabilitó que entren los autos, porque los autos vienen con los materiales. Y ahí estos personajes entendieron que hay un privado, de que el terreno tiene dueño. En este caso no siguieron construyendo”, comentó R.P. A fines del año pasado se desbarató por completo la toma al lado de su terreno y él lo atribuyó también a la voluntad de las autoridades locales. “Si es que no tienes apoyo de Carabineros y de la municipalidad fregaste. Si ellos no tienen la intención de sacarlos estay fregado”, comentó. ¿Por qué las querellas no llegan a puerto? Los expertos explican que el principal problema del delito de usurpación es que tiene penas muy bajas, a diferencia de otros crímenes. La multa de máximo 1,2 millones no sirve para disuadir a estas personas de hacerlo. Lo que explicó Navas es que “son multas realmente simbólicas. Y esto ocurre porque el delito de usurpación está tipificado hace mucho tiempo (…) como no se ha modificado el Código Penal sigue teniendo una pena que no está acorde con la situación actual”. Al tener penas tan bajas, “se inhibe un poco realizar actuación por parte de las autoridades que prefieren enfocarse en otros delitos que tienen penas muchos más graves (…) evidentemente los recursos son escasos. Hay pocos carabineros, los fiscales tienen una carga importante”, señaló el académico de la Universidad San Sebastián. Pero, por sobre eso, sabe una posibilidad de que los multados no paguen: “Normalmente son personas insolventes y no van a pagar la multa y van a permanecer permanentemente ahí (…) si no pagan la multa no pasa nada porque no hay presión por deuda en Chile, entonces se van acumulando por lo tanto no tiene solución”. Según Medina esto debiera ser un tema abordado integralmente con todas las partes que corresponda. “Hay que ser consientes en el caso de la persona que va y ocupa de un terreno quizás para pernoctar y el caso en que estamos enfrentados a una organización criminal que obviamente genera un potencial de riesgo distinto, y eso tiene que establecerse en una investigación llevada adelante por las policías”. Medina continuó diciendo que “todas esas aristas deberían levantarse como parte del enfrentamiento global del problema obviamente en coordinación con las autoridades municipales, con todas las autoridades competentes en la materia porque todas tienen algo que decir”. “Todo eso le compete a una serie de autoridades del estado el rol de fiscalización de como se ha generado todo este estado ilegal de cosas”, finalizó el abogado.

Fuente: Emol.com – https://www.emol.com/noticias/Nacional/2022/11/13/1078121/tomas-ilegales-caminos-hipotesis-usurpacion.html

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